Muy buenas a tod@s,
En el día de hoy ha tenido lugar el juicio por DESPIDO de una compañera que , bajo afirmaciones falsas la empresa procedió a sancionar , con el despido , vulnerando sus derechos fundamentales y laborales .
Una vez personados en la sala , la empresa , tras ser advertida por el propio juzgado de su INMINENTE CONDENA , decide reconocer la improcedencia del despido , optando por la readmisión de la trabajadora en las mismas condiciones en las que estaba , pero con una gran peculiaridad : " Será la trabajadora quien elija el servicio al que quiere ir ".
Con esta nueva postura la empresa evita el ser CONDENADA , mediante sentencia . Si bien los efectos jurídicos del Acta de Conciliación tiene el mismo efecto que una condena mediante sentencia . El incumplimiento de dicho acuerdo daría lugar a una ejecución del mismo ante el tribunal que ratificó el mismo .
Os dejamos el Acta de Conciliación por si es de vuestro interés.